La Paz 4 jun.- Una de las disposiciones para las elecciones generales del 20 de octubre establece, en el marco legal, que los jóvenes de 18 años que no se registren ni emitan sufragio esa jornada, serán impedidos de inscribirse a las universidades, tal como refrendó la presidenta del Tribunal Supremo Electoral - TSE, María Eugenia Choque.

La exigencia del certificado de sufragio se encuentra estipulada en la Ley de Régimen Electoral 026, en su artículo 154, en el que se explica que quien no tenga ese documento no podrá “acceder a cargos públicos, efectuar trámites bancarios ni obtener pasaporte”, en el término de 90 días siguientes a la elección.

Ley de Régimen Electoral aplica en su art. 154 para todos los ciudadanos mayores de 18 años. WEB
Ley de Régimen Electoral aplica en su art. 154 para todos los ciudadanos mayores de 18 años. WEB

Choque había expresado el domingo, que los jóvenes que no voten serían perjudicados al hacer los trámites bancarios correspondientes para ingresar a las universidades públicas y privadas, por ejemplo, en especial aquellos comprendidos a partir de los 18 años.

El diputado opositor Amilcar Barral, rechazó las palabras de la vocal titular y la acusó de "amenazar" a los jóvenes para que voten "bajo presión". Su correligionario Gonzalo Barrientos dijo que esa amenaza era "inaceptable", además de cuestionar de dónde podrán sacar la multa aquellos estudiantes que se postulen a las universidades.

La exigencia del certificado de sufragio también tiene excepciones que favorecen a las personas: “que no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada documentalmente”, así como a quienes “acrediten haber estado ausentes del territorio nacional al momento de la votación”.

Solo las personas mayores de 70 años no están obligadas a sufragar ni obtener el correspondiente certificado. (VISOR BOLIVIA)