La Paz, 26 may.- La Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de la Cámara de Diputados aprobó ayer, en su estación en grande, el proyecto de Ley de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, que entre otras cosas penaliza el delito informático digital en el país.

Si bien en la actualidad el Código Penal incorpora en el Título X un capítulo destinado a los delitos informáticos, no incluye la descripción de las conductas delictivas en ese orden, lo que debilita la lucha contra estos ilícitos.

Bolivia penalizará delitos informáticos y digitalesPor ello, el proyecto de Ley de Telecomunicaciones plantea la modificación de los artículos 179 bis, 363 bis, 363 ter, 198, 199, 200, 300 y 301 del Código Penal. Las reformas apuntan a vigorizar las penas contra la manipulación informática, la alternación, acceso y uso indebido de datos informáticos y proteger la propiedad intelectual de las obras con soporte electrónico en la web.

Amplía a los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y falsificación de documentos privados —que sólo se refieren a instrumentos impresos— en el sistema digital.

Además se sanciona la violación de la correspondencia electrónica privada y la falsificación y suplantación de identidad en la web, que en la actualidad no están tipificadas por la normativa vigente.

Asimismo, el proyecto incluye sanciones privativas que van de tres a seis años a quien cometa sabotaje informático e impida el normal funcionamiento del sistema de información o telecomunicaciones.

DETALLE

En el caso referido a la falsedad ideológica, el proyecto precisa que quien inserte declaraciones falsas en un instrumento público verdadero, será sancionado con privación de libertad de uno a seis años.

Pero la pena se agrava de dos a ocho años de privación de libertad si la persona que cometiere este hecho fuera un funcionario público.

Con relación a la falsificación y suplantación de identidad electrónica en el sistema digital, el proyecto de ley plantea una reclusión de uno a seis años para la persona que incurra en este delito.

La sanción se aplicará en el caso de que una persona altere un mensaje de datos utilizando una identificación física o digital que no le pertenezca y para quien interfiera o altere el proceso de transmisión del mensaje entre los titulares de origen y de destino.

Además se sanciona el delito contra las telecomunicaciones con una pena privativa de cinco años. En este escenario se sanciona a quienes tengan conexiones clandestinas de red, a quien desvíe el tráfico de larga distancia establecido por los operadores y a quien genere tráfico internacional en sentido inverso al normal.

El presidente de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas, Marcelo Elío, indicó que una vez aprobada la norma se pondrá en vigencia el documento electrónico y la firma electrónica, lo que permitirá a Bolivia estar a un paso de la emisión de documentos mediante tecnología electrónica, como Internet o las telecomunicaciones digitales, reportó la Cámara de Diputados.

La Comisión parlamentaria aprobó ayer el proyecto en su estación en grande y el legislador anunció la apertura de un ciclo de audiencias públicas para enriquecer los contenidos de la ley.(cambio)