Sucre, 19 jun.- Las fiscalías departamentales recibieron la instrucción de priorizar la investigación de casos que impliquen delitos que afecten a los niños, niñas y adolescentes, de forma particular los referidos contra la libertad sexual y trata y tráfico de seres humanos, sobre la base de la normativa nacional e internacional

La instrucción fue emitida por el fiscal general del Estado, Mario Uribe, quien recordó que esa labor debe ser emprendida en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 33 y 36, numerales 2 y 7, de la Ley Orgánica del Ministerio Público.

En la ciudad de El Alto se registran varios casos de desaparicionesLa autoridad nacional dijo que el instructivo señala que las fiscalías departamentales deberán informar a la Fiscalía General sobre todas las causas contra la libertad sexual, trata y tráfico de personas, cuyas víctimas sean niños, niñas y adolescentes, que se encuentren pendientes de celebración de audiencias cautelares y/o de audiencia conclusiva.

“En el marco de sus competencias, la Coordinación Nacional Para Delitos Sexuales, Violencia en Razón de Género, Trata y Tráfico de Seres Humanos y Unidad de Atención a Víctimas y Testigos deberá efectuar seguimiento a las causas priorizadas en el presente instructivo”, dice el documento en partes centrales.

El instructivo, signado con el número 534/2012, se sustenta legalmente en el artículo 60 de la Constitución Política del Estado (CPE), en el cual se consagra la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente.

Ese acápite señala “la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado”.

Asimismo, también está sustentado en el artículo 61 de la norma suprema, mediante la cual se prohíbe y sanciona toda forma de violencia contra las niñas, niños y adolescentes.

Según Uribe, también está el inciso g del artículo 8 del Protocolo Facultativo Sobre la Convención de los Derechos del Niño Relativo a la Venta de Niños, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía, adoptado en New York el 25 de Mayo de 2000.

Este protocolo fue ratificado por el Estado boliviano mediante Ley N° 2367 de 7 de mayo de 2002, donde se establece que los Estados parte adoptarán medidas adecuadas para proteger en todas las fases del proceso penal los derechos e intereses de los niños víctimas.

Asimismo, se agrega que en particular se deberá evitar las demoras innecesarias en la resolución de las causas y en la ejecución de las resoluciones o decretos por los que se conceda reparación a los niños víctimas.

Finalmente se incluye la Ley Nº 214 de 28 de diciembre de 2011, mediante la cual se instituye el año 2012 como Año de la No Violencia Contra la Niñez y Adolescencia en el Estado Plurinacional de Bolivia”.

El Ministerio Público creó las instancias en marzo

El fiscal Mario Uribe recordó que las denuncias de delitos contra niños, niñas y adolescentes, de forma particular los casos de delitos contra la libertad sexual, trata y tráfico de seres humanos, pueden efectuarse en las nueve fiscalías departamentales del país.

Para ello funcionan las unidades especializadas en la persecución de delitos de trata y tráfico de seres humanos, delitos contra la libertad sexual y violencia en razón de género.

Estas unidades fueron creadas mediante Resolución N° 50/2012 el mes de marzo de la presente gestión con la finalidad de luchar contra este mal social denominado en el mundo como esclavitud del siglo XXI.

Las unidades especializadas del Ministerio Público se encargan de la investigación, procesamiento y acusación de delitos de trata y tráfico de seres humanos en coordinación con las unidades de atención a la víctima y testigo. (Cambio)