La Paz, 23 oct.- El Tribunal Constitucional Plurinacional en Sala Plena determinó que la Ley 387, que regula el ejercicio de la abogacía, el registro y control de los abogados es constitucional, informó el jueves el magistrado de la Sala III, Ruddy José Flores.

"Recientemente se notificó una acción de inconstitucionalidad que hacía referencia a la Ley del Ejercicio de la Abogacía, por la cual cuestionaban la constitucionalidad de esa norma respecto al registro que debería hacer en el Ministerio de Justicia", explicó a los periodistas.

Con esa determinación de la Sala Plena, dijo que los registros en el Ministerio de Justicia tienen plena vigencia.

La legislación promulgada en julio de 2013 determina que es función del Estado establecer un registro de las abogadas, los abogados y sociedades civiles, con calidad de documento público, para el ejercicio de la abogacía.

Por lo tanto, el Ministerio de Justicia en acto público y formal, otorgará una credencial en la que estará asignado un número único de matrícula.

En el caso de las sociedades civiles, luego de cumplidos los requisitos establecidos en reglamento, otorgará la correspondiente matrícula.

El magistrado explicó que el Registro y la Matriculación estarán a cargo del Ministerio de Justicia, según el reglamento. (ABI)